La clave está en el rotulado
Si va a comprar alimentos perecibles no olvide revisar el etiquetado así evitará exponerse situaciones que pueden afectar su salud.
18 de octubre de 2010
Si va a comprar alimentos perecibles no olvide revisar el etiquetado así evitará exponerse situaciones que pueden afectar su salud.
¿Cómo deben estar etiquetados los productos envasados perecibles?
- En mallas: deberán informarle el nombre del producto; nombre o razón social y domicilio del fabricante, envasador, distribuidor o importador del alimento; y la fecha del envasado.
- En bandejas: deben incorporar, además de los puntos anteriores (mallas), su contenido neto.
¿Qué hacer en caso de intoxicación o enfermedad por consumo?
- Si un consumidor detecta una irregularidad en algún alimento, debe denunciar este hecho a la autoridad sanitaria competente, que tras una investigación, determinará los sumarios o sanciones para la empresa, además de entregar las pruebas que pueden apoyar su derecho a exigir las indemnizaciones o compensaciones en el tribunal si corresponden.
- Recuerde que Las empresas deben rotular los alimentos de acuerdo a las normas sanitarias establecidas por ley e indicar clara y verazmente la fecha de elaboración y vencimiento.
- Esto para que el consumidor pueda hacer efectivo el plazo de garantía de estos productos perecibles dentro de los días indicados en el envoltorio o en su defecto, el término máximo de 7 días.
Recuerde revisar los envases antes de comprar o abrirlos en su hogar.
- Fíjese que los tarros y envases vengan en buenas condiciones. Recuerde que cualquier golpe o abolladura de estos puede significar que el alimento no esté en buenas condiciones sanitarias.
¿Y qué pasa con las carnes?
- Según la normativa legal las carnes (vacuno, cerdo, pollo, pavo y cordero) que se vendan envasadas deberán clasificarse según el nombre de sus cortes, el matadero del cual provienen y la categoría a la que corresponde el tipo de carne.
- Del mismo modo, el producto deberá informar en su envase (sellado), a través de una etiqueta indeleble, la categoría y corte de la carne, la fecha de beneficio (día, mes y año), el nombre, número y domicilio del faenador.
- Las etiquetas podrán contener otras menciones, siempre que estas no lleven a confusión o engaño al consumidor con respecto al producto envasado.
Las etiquetas deben informar
- Nombre del alimento.
- Contenido neto y peso drenado.
- Nombre o razón social y domicilio del fabricante, envasador, distribuidor o importador del alimento.
- País de origen.
- Número y fecha de resolución y el nombre del Servicio de Salud que autoriza el establecimiento que elabora o envasa el producto o que autoriza su internación al país.
- Fecha de elaboración o fecha de envasado del producto, la cual debe incluir como información básica y obligatoria, el día (mediante dos dígitos), el mes (mediante dos dígitos o las tres primeras letras del mes) y el año (mediante los dos últimos dígitos)
- Fecha de vencimiento o plazo de duración del producto.
Para que tenga en cuenta
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No olvide que...
- Los productos que rotulen "duración indefinida" deberán necesariamente indicar la fecha de elaboración.