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DE LOS ARREPENTIDOS ES EL REINOÂ…

En época de vacaciones aumenta la oferta de tiempos compartidos y, con ella, las campañas y estrategias de venta utilizadas en este rubro, las cuales no siempre respetan el derecho de los consumidores a adoptar una decisión libre e

09 de enero de 2006

En época de vacaciones aumenta la oferta de tiempos compartidos y, con ella, las campañas y estrategias de venta utilizadas en este rubro, las cuales no siempre respetan el derecho de los consumidores a adoptar una decisión libre e

No obstante, la actual normativa aporta un instrumento clave para proteger a los consumidores en estos casos: el derecho a retracto, que también se aplica en este negocio, permitiendo a los consumidores y consumidoras desistirse de los contratos firmados, eso sí, dentro de un plazo claramente establecido...

Hasta la entrada en vigencia de las reformas a la ley de consumidor, en 2004, firmar a la rápida un contrato de tiempo compartido significaba "quedar amarrado" por largo tiempo. Sin embargo, ahora usted tiene derecho a arrepentirse y que le devuelvan el dinero que pagó o los documentos que firmó, casi sin darse cuenta de lo que hacía.

Así lo señala expresamente la ley, en los artículos referidos al Derecho a Retracto (*):

Art. 3º bis a) "El consumidor podrá poner término unilateralmente al contrato en el plazo de 10 días contados desde la recepción del producto o desde la contratación del servicio y antes de la prestación del mismo, en los siguientes casos:

a) En la compra de bienes y contratación de servicios realizadas en reuniones convocadas o concertadas con dicho objetivo por el proveedor, en que el consumidor deba expresar su aceptación dentro del mismo día de la reunión.

El ejercicio de este derecho se hará valer mediante carta certificada enviada al proveedor, al domicilio que señala el contrato, expedida dentro del plazo indicado en el encabezamiento.

(*Este derecho también se aplica en las compras a distancia -internet, catálogos etc.-, y en las matrículas de universidades, institutos profesionales y centros de formación técnica).

Sernac recomienda

1. El consumidor debe tener cuidado con las "estrategias agresivas" de venta. Estas incluyen regalos, estadías gratis en hoteles y, al momento de la reunión, un excesivo apresuramiento, sin tiempo para cotejar lo escrito u ofrecido verbalmente con otras alternativas similares. Esto último vulnera los derechos del consumidor.

2. Ahora bien, el consumidor que contrate este sistema debe leer con detención los documentos que firme y exigir la escritura definitiva, que acredite el derecho a usufructo que está adquiriendo. Además, debe tener la certeza de que dicha escritura está correctamente inscrita en el Conservador de Bienes Raíces. Hasta que no ocurra esto, la persona "no es dueña de nada".

3. Recuerde: Nadie puede obligarlo a firmar un documento sin su consentimiento. Muchas veces el ambiente, la música, la comida, un trago, y las seductoras ofertas de los adiestrados vendedores incitan al consumidor o a la consumidora a firmar algo de lo que más tarde puede arrepentirse.

4. SERNAC ha recibido reclamos en donde se constata que los consumidores no tienen claro el servicio que han contratado o que se les está ofreciendo. Por ello, aunque demore unos minutos más, revise bien lo que firma. Pregunte, no se quede con ninguna duda. Consulte, por ejemplo, si lo que le están ofreciendo sirve para las temporadas altas y feriados. Algunas de estas ofertas de tiempo compartido operan sólo para las temporadas bajas y no incluyen los días festivos. Averigüe también si debe pagar un derecho de mantención independientemente del uso usted como propietario realice.

5. Si aún luego de informarse siente que el servicio contratado no le satisface, puede arrepentirse y hacer valer su derecho a retracto… en los siguientes 10 días.

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