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Publicidad engañosa

Al pago de cinco Unidades Tributarias Mensuales ($ 155.515) fue condenada una empresa automotora por infringir la ley de Protección de los Derechos del Consumi­dores.

06 de diciembre de 2005

Al pago de cinco Unidades Tributarias Mensuales ($ 155.515) fue condenada una empresa automotora por infringir la ley de Protección de los Derechos del Consumi­dores.

Al pago de cinco Unidades Tributarias Mensuales ($ 155.515) fue condenada la empresa General Motors Chile S.A por infringir la ley de Protección de los Derechos del Consumi­dores específicamente al inducir a error y engaño a los con­sumidores respecto de las características de un bien ofertado en un diario de circulación nacional, según lo dispuesto en el artículo 28, letras c) y d) de la ley 19.496.

El aviso publicitario, que se publicó en el cuerpo C del diario El Mercurio, señalaba la existencia del vehículo Chevrolet, modelo Montana, Diesel, sello verde. Sin embargo, y según pudo constatar el consumidor Aldo Lucero, el precio publicado correspondía a la versión bencinera. Al realizar el reclamo correspondiente en SERNAC, la empresa informó la solución mediante una carta, argumentando que "con el ánimo de evitar futuras confusiones, realizarán las acciones necesarias para evitar que lo ocurrido no suceda en el futuro".

A pesar de la disculpa SERNAC presentó la denuncia y soli­citó la condena a la empresa denunciada al máximo de las multas que establece la ley para este tipo de infracción.

Finalmente, el Juez de Policía Local de Huechuraba, ratificó el hecho denunciado, al señalar que, efectivamente se publicó un aviso que pudo provocar confusiones sobre las caracte­rísticas y precio del vehículo publicitado, procediéndose a corregir la falla en las publicaciones posteriores, lo cual fue informado a SERNAC y al cliente.

A la fecha de esta edición, General Motors, no había apelado a la sentencia. Esta jurisprudencia se ve potenciada gracias a las modificaciones introducidas a la Ley del consumidor que establece la integración a los contratos de las condiciones objetivas de publicidad.

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