Contenido principal

Artículo 39 C

Texto

     Artículo 39-C.- No obstante lo señalado en el
epígrafe del presente párrafo 3º, se aplicará lo
dispuesto en el inciso quinto del artículo 37 a todas las
operaciones de consumo regidas por esta ley, aun cuando no
involucren el otorgamiento de un crédito al consumidor.

Archivos para descargar

Dirección externa

Tags

La Encuesta