Artículo 44
Texto
Artículo 44.- Las disposiciones del presente párrafo
sólo se aplicarán en lo no previsto por las normas
especiales que regulan la provisión de determinados bienes
o servicios.
Artículo 44.- Las disposiciones del presente párrafo
sólo se aplicarán en lo no previsto por las normas
especiales que regulan la provisión de determinados bienes
o servicios.
