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Juguetes: Análisis comparativo del cumplimiento de los requisitos de rotulación (diciembre 2004)

El presente estudio desarrollado por SERNAC, evidenció mejoras en la rotulación de los juguetes analizados. En particular, en la utilización del idioma castellano para la entrega de información, la indicación de la edad mínima de uso y la informaciÃ

22 de diciembre de 2004

El presente estudio desarrollado por SERNAC, evidenció mejoras en la rotulación de los juguetes analizados. En particular, en la utilización del idioma castellano para la entrega de información, la indicación de la edad mínima de uso y la informaciÃ

I. Antecedentes

Al igual que en muchos países, cada año ingresan al mercado nacional millones de juguetes, provenientes principalmente de China. Se estima que alrededor del 50% de los comercializados durante el año, se venden durante el mes de diciembre con ocasión de las fiestas de Navidad.

Sin lugar a dudas se trata de un negocio muy dinámico, cuyo desarrollo plantea una serie de desafíos para los importadores y proveedores, para los consumidores y consumidoras y para las autoridades.

nivel presente estudio, realizado por el Departamento de Estudios de SERNAC, buscó evaluar, en una muestra de sesenta y cinco juguetes adquiridos en diversos establecimientos ubicados en ocho comunas de la ciudad de Santiago, la evolución en el grado de cumplimiento de las disposiciones de la Ley del Consumidor aplicables a estos productos y de la NCh 2788 Of. 2003, "Juguetes - Requisitos de rotulación" entre los años 2003 y 2004.

Se trata de un estudio exploratorio, cuyo universo está formado por los juguetes que se venden actualmente en supermercados, multitiendas, comercios especializados y otros puntos de venta formal de la ciudad de Santiago, incluyendo los segmentos de niños y niñas de edades comprendidas entre cero y seis años. Las muestras fueron adquiridas entre los días 29 de noviembre y 7 de diciembre de 2004.

Los criterios utilizados para seleccionar la muestra de juguetes, fueron: precio de compra inferior a $5.000; no menos del 30% debía corresponder a juguetes para niñas y representación de todos los grupos etáreos definidos para el presente estudio.

Profesionales del Departamento de Estudios de SERNAC, analizaron la información y rotulación contenida en cada uno de los envases de las muestras seleccionadas; para determinar si daban cumplimiento a las exigencias de rotulación establecidas, tanto en las normas técnicas vigentes sobre la materia, como lo señalado en la Ley sobre Protección de los Derechos de los Consumidores, antecedentes que fueron confrontados con los resultados obtenidos el año 2003.

II. Principales Resultados

2.1. Exigencia de la Ley del Consumidor:

a) Información en castellano

El 59,9 % de las muestras analizadas incluye información en castellano. En el año 2003 estas alcanzaban sólo al 29% del total; es decir, sólo 1 de cada 3 juguetes analizados, cumplía con lo exigido por la Ley Nº 19.496, mientras hoy, 2 de cada 3 cumplen.

Los proveedores que presentaron un mejor desempeño fueron los de las jugueterías, seguidos por las grandes tiendas (tiendas por departamento) y los supermercados. Los considerados "otros locales", si bien han obtenido mejores resultados que el año anterior, mantienen sus deficiencias en un nivel considerado grave.

b) Publicidad del precio:

Las muestras analizadas, cumplen con las disposiciones de la Ley Nº 19.496 referidas a la publicidad del precio.

2.2. Exigencias Normativas:

a) Identificación del responsable:

El 63% de la muestra analizada no identifica al responsable de la importación. La cifra es elevada, aunque representa una mejora respecto de la situación evaluada el año 2003, donde el 80 % carecía de esa información.

Los supermercados resultaron los proveedores con porcentaje mayor de información sobre algunos antecedentes del responsable del producto (68%), con una evolución importante respecto del estudio del año anterior (37%).

El comportamiento de las multitiendas y jugueterías, si bien han tenido una pequeña evolución, sigue siendo deficiente. El porcentaje de esta falta a la rotulación es mayor (62% y 80%, respectivamente, en promedio).

Los otros locales del rubro tienen poca evolución, su comportamiento es deficiente, ya que un 94% los productos que no presentaban información respecto del responsable (fabricante, importador o distribuidor) y tampoco indican dirección o punto de contacto,

b) País de Origen:

La casi totalidad de la muestra (92%) estuvo constituida por juguetes provenientes de China, independiente de la marca. Sólo tres de los sesenta y cinco juguetes objeto del estudio corresponden a artículos de fabricación nacional.

Asimismo, puede observarse que sólo en supermercados se encontraron juguetes sin información de país de origen. La mayor presencia de productos nacionales se observó en supermercados, mientras que en jugueterías y otros locales del rubro prácticamente el 100% de los juguetes era de origen chino.

c) Edad Mínima:

Además de presentar la información del juguete en castellano, junto a instrucciones que favorezcan su uso seguro, un aspecto relevante es la indicación de la edad mínima de uso, en función de sus características.

En relación a este parámetro -cumplimiento de la información referida a la edad mínima- sólo 3 de las muestras incumplirían lo señalado en la norma.

d) Advertencias de uso:

Contiene partes pequeñas

De acuerdo a la revisión de la información recogida, el 52% de los juguetes de la muestra que debieran, de acuerdo a la norma técnica, informar la presencia de partes pequeñas, lo hace en idioma castellano, lo que constituye un importante avance si se compara con el 18,5% obtenido el año 2003.

Uso bajo vigilancia o acciones previas de un adulto.

El 100% de los juguetes que incluyen la advertencia de uso con supervisión o requieren acciones previas de un adulto lo hace en idioma castellano. La situación difiere de lo observado el año 2003, en que dicha información se encontraba en idioma inglés.

No apuntar a los ojos ni a la cara.

Del conjunto de juguetes de la muestra que, de acuerdo a la norma técnica nacional, deben incorporar esta advertencia, sólo un tercio lo hace en idioma español. Este parámetro, siendo deficiente, muestra una pequeña evolución respecto del año 2003, en que ningún producto informaba esta advertencia en castellano.

III. Comentario Final

Si bien las disposiciones de la Ley del Consumidor, constituyen el marco de exigencias obligatorias para los juguetes comercializados en el mercado interno deben; el no contar aún con reglamentos específicos en materia de información y seguridad constituye una debilidad que afecta a consumidores y consumidoras de nuestro país.

El presente estudio desarrollado por SERNAC, evidenció mejoras en la rotulación de los juguetes analizados. En particular, en la utilización del idioma castellano para la entrega de información, la indicación de la edad mínima de uso, la información de partes pequeñas y, en menor medida, datasen los datos correspondientes al responsable de la importación o distribución del producto.

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Tipo de producto: Jugueteria

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