Licencias médicas causales de rechazo y formas de apelación (Junio, 2001)
Resumen A medida que nos acercamos a la temporada de invierno, es decir al período comprendido entre los meses de junio y septiembre, es común observar cómo en los diversos hospitales, consultorios y clínicas de […]
09 de julio de 2002
A medida que nos acercamos a la temporada de invierno, es decir al período comprendido entre los meses de junio y septiembre, es común observar cómo en los diversos hospitales, consultorios y clínicas de nuestro país, aumentan considerablemente las consultas, exámenes y los enfermos, a la espera de un diagnóstico oportuno. Sin embargo, el panorama invernal no para ahí. Junto a las enfermedades tan comunes de la época fría, como son: los problemas broncopulmonares, gripes y neumonías entre otras, otro fenómeno muy temido se hace presente, éste es el denominado ausentismo laboral. No cabe duda que frente a este panorama, un sinnúmero de entidades se ven afectadas por la disminución de la fuerza de trabajo. Cuando se trata de una enfermedad, cada empleado o empleada debe presentar un documento que justifique su ausencia, específicamente una Licencia Médica. ¿Qué es una Licencia Médica? Según el Decreto Supremo N° 3, artículo 1°, de 1984 del Ministerio de Salud, una Licencia Médica es: "El derecho que tiene el trabajador de ausentarse o reducir su jornada de trabajo, durante un determinado lapso de tiempo, en cumplimiento de una indicación profesional certificada por un médico-cirujano, cirujano-dentista o matrona, reconocida por su empleador en su caso, y autorizada por un Servicio de Salud o Institución de Salud Previcional, según corresponda, durante cuya vigencia podrá gozar de un subsidio especial con cargo a la entidad de previsión, institución o fondo especial respectivo, o de la remuneración regular de su trabajo, o de ambas, en la proporción que corresponda". Ante lo anterior, es necesario tener claro que la presentación de este justificativo es un derecho que tiene toda persona que trabaja dependiente o independientemente. Para su tramitación, es necesario conocer el conjunto de obligaciones y formalidades que deben seguirse, y que hacen valedero dicho procedimiento evitando así un posible rechazo en las diferentes instituciones que intervienen o pueden intervenir en él: Isapres, Comisión de Medicina Preventiva y Enfermedades Profesionales (Compin), Superintendencia de Seguridad Social. Por lo tanto, es necesario conocer las diferentes características y pasos a seguir, para hacer de este trámite de solicitud y presentación de una Licencia Médica, un proceso eficiente. Los Pasos a Seguir Una vez que el médico-cirujano, cirujano-dentista o matrona tratante extiende la orden de reposo o Licencia Médica, debe presentarse al empleador, considerando los siguientes aspectos: a. La permanencia (antigüedad) Una licencia médica será otorgada y aprobada sólo entre los trabajadores que estén afiliados al sistema de previsión (A.F.P.) y salud (Fonasa o Isapre) y que posean una antigüedad mínima; para los trabajadores dependientes esta anigüedad es de 6 meses y para los trabajadores independientes[1] de 1 año. La idea es que dentro de esos 6 meses el trabajador dependiente tenga 90 días de imposiciones, las cuales podrán encontrarse en forma repartida. Asimismo, los trabajadores independientes deben tener 6 meses de imposiciones, pero obligatoriamente el mes anterior al día de extendida la licencia médica, debe estar con las imposiciones pagadas. b. Los Plazos Para que una licencia médica sea aprobada sin dificultades, se deben respetar los plazos establecidos para su presentación al empleador, ya que existen en el sistema, diferentes tiempos según el tipo de trabajador que se trate:1 Un trabajador del sector privado, tiene dos días hábiles (48 horas), contados desde la fecha de inicio del reposo otorgado por la licencia médica. 2 Un trabajador del sector público, cuenta con tres días hábiles (72 horas), contados desde la fecha de inicio del reposo otorgado por la licencia médica. 3 Un trabajador independiente, tiene dos días hábiles desde la fecha en la cual la licencia médica haya sido extendida. Por el hecho de no tener empleador, el trabajador independiente tiene este plazo para tramitar las licencias médicas ante la Isapre o Compin (en caso de estar afiliado a Fonasa). 4 Finalmente, el empleador tiene tres días hábiles después de la fecha de recepción, para entregar la licencia médica a la Compin o Isapre, según corresponda. Precisamente, dependerá de estas instituciones el rechazo o aprobación de la licencia médica. ¿Por qué se rechazan las Licencias Médicas? Según la Superintendencia de Isapres, entre enero y diciembre de 2000, el número de licencias rechazadas en el sistema de Isapres (abiertas) alcanzó a 7,2% del total de licencias tramitadas (ver cuadro 1). Siendo las Isapres Sfera (29,7%), Cruz Blanca (10,4%) y Vida Tres (10,0%), las que tuvieron un mayor índice de rechazo. Por el contrario La Araucana (1,4%), Isamédica (2,1%) y Mas Vida, exhibieron las menores tasas. [1] Los meses solicitados como condición (6 meses en los trabajadores dependientes y 1 año en los trabajadores independientes) de antigüedad, corren desde el mes anterior al que fue expedida la licencia médica. Por ejemplo; si la licencia médica fue otorgada el 1 de mayo, los 6 meses de antigüedad se cuentan desde abril hacia atrás. |
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Cuadro 1: Número de licencias rechazadas en el sistema de Isapre (abierta) (enero-diciembre de 2000) |
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Fuente: Superintendencia de Isapres. |
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Sin embargo, los rechazos de las licencias, según estas instituciones y la misma Compin, tienen su razón de ser. Así, de acuerdo a lo señalado por el Presidente de la Compin de la Zona Central, el Doctor Alfonso Chelén, los motivos más importantes para el rechazo de este trámite son los siguientes: - La tendencia a prolongar los reposos en forma indebida, en ausencia de síntomas. Lo que refleja un mal uso del derecho que se otorga a los afiliados a un sistema de salud. - Exageración de síntomas, con el fin de lograr un provecho indebido y prolongar un reposo innecesario. - Fraudes, estos es, falsificación de planillas de pago o de contratos de trabajo con asignación de sueldos elevados, entre otros. - Incumplimiento de reposo. A su vez, la Superintendencia de Seguridad Social, enumera otros dos factores: - Falta de justificación médica, y - Entrega fuera de plazo al empleador. Sin embargo, las causales más importantes de rechazo de una licencia médica, son las que se relacionan directamente con el padecimiento de diversas patologías, como: - Enfermedades psiquiátricas - Enfermedades traumatológicas - Enfermedades cardiovasculares y diabetes Esto ocurre principalmente, porque en todas y cada una de ellas se requiere mucho más que un simple diagnóstico médico. Por lo cual, existe especial cuidado y exigencia a la hora de otorgar una licencia, para cualquier tipo de estas enfermedades. Así, tal como señala el doctor Chelén las enfermedades psiquiátricas han sido denominadas sub, jet, ivas, debido a que su diagnóstico está basado principalmente en la versión del paciente frente a su médico. En tanto, añade, las dos últimas han sido catalogadas como enfermedades objetivas, indicando que son patologías que se pueden evidenciar a través de exámenes y radiografías. Sin embargo, si una persona se encuentra dentro del grupo de afectados por el rechazo de una licencia médica, debe saber que existen diferentes instancias de apelación para lograr que finalmente se apruebe la orden de reposo. |