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Sobre solución ofrecida por DELL

El SERNAC informa a los consumidores que son libres de aceptar o no la propuesta de la empresa, en la medida que consideren que con ésta se repara el daño causado por el error cometido por Dell.

07 de julio de 2008

El SERNAC informa a los consumidores que son libres de aceptar o no la propuesta de la empresa, en la medida que consideren que con ésta se repara el daño causado por el error cometido por Dell.

  • Los consumidores son libres de aceptar o no la propuesta de la empresa.
  • En información de precios la Ley juzga hechos, no intenciones, por lo que corresponde a este Servicio velar por el cumplimiento de la normativa en resguardo de la credibilidad en el precio y para cuidar la confianza que requieren los consumidores en el comercio electrónico.
  • El día viernes 04 de julio, la empresa Dell ha informado al Servicio Nacional del Consumidor la propuesta de solución que ofrecerá a sus clientes afectados por los hechos del 27 de junio, cuando ofreció equipos a un precio que la empresa ha indicado que sería errado.
  • Dicha propuesta consiste en un descuento de un 15% sobre el precio normal para la compra de un equipo, descuento que no será considerado en la adquisición de un segundo o más aparatos. El descuento debe solicitarse en la correspondiente orden de compra ingresando un código que será enviado por Dell a través de correo electrónico a los afectados, y tiene una vigencia de 30 días.
  • El SERNAC informa a los consumidores que son libres de aceptar o no la propuesta de la empresa, en la medida que consideren que con ésta se repara el daño causado por el error cometido por Dell.
  • Por su parte, esta institución considera que el error cometido por la empresa constituye una infracción a la Ley de Protección de los Derechos de los Consumidores y que en atención a esto pondrá los hechos en conocimiento de los tribunales para que se apliquen las multas que correspondan.
  • Asimismo, dependiendo de la acogida que tenga la solución ofrecida por Dell por parte de los consumidores, evaluará el ejercicio de las acciones que se ameriten.
  • Lo anterior, teniendo en consideración que en materia de información de precios la Ley juzga hechos, no intenciones, ni de las empresas ni de los consumidores, por lo que corresponde a este Servicio velar por el cumplimiento de la normativa en resguardo de la necesaria credibilidad en información esencial para el consumo, como es el precio, pero también para cuidar la confianza que requieren tener los consumidores que utilizan sistemas como el comercio electrónico.
  • Los consumidores que han presentado sus reclamos al SERNAC, recibirán una comunicación de esta institución informando la propuesta de la empresa, oportunidad en que podrán indicar si la aceptan o no.
  • La aceptación implicará el cierre del caso individual, en tanto que quienes rechacen la oferta recibirán la orientación sobre el procedimiento a seguir.

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