El año 2003, por encargo del SERNAC, se analizaron 25 marcas de mayonesas, margarinas, yogures y mermeladas. La principal conclusión del estudio fue que las denominaciones light y diet, resultan ser nombres de fantasía que, en vez de aportar información precisa al consumidor, lo confunden, aunque jurídicamente estos términos son aceptados.
Existe la creencia incorrecta de que "alimentos para diabéticos" quiere decir "alimentos de consumo libre". Esto puede llevar al enfermo a tomarlos en la cantidad que desee y acarrearle graves descompensaciones metabólicas. Con frecuencia en los alimentos para diabéticos se usan también azúcares, aunque distintos del azúcar común (fructosa ó lactosa) que finalmente igual acaban transformándose en glucosa.
Es preciso distinguir entre "alimentos para diabéticos" y "alimentos sin azúcar", ya que, estos últimos son alimentos no recomendados para los que padecen de este mal (chocolates, galletas, mermeladas, etc.). Sin embargo, en la actualidad, determinadas casas comerciales elaboran este tipo de productos sin azúcar, pero por su composición sólo se aconseja consumir en cantidades moderadas.
RECOMENDACIONES DEL SERNAC:
1. Muchas veces el consumidor recibe un cúmulo de información que le estimula a comprar productos, relacionados con la salud. La ley considera un derecho básico de los consumidores el derecho a una información veraz y oportuna sobre los alimentos ofrecidos, su precio y las características relevantes de los mismos. Usted tiene el deber de informarse. Por ejemplo, revisar la fecha de vencimiento: 1 ABR 2005, significa que el alimento puede ser administrado con toda garantía hasta el 1° de Abril del 2005 inclusive.
2. La ley de los derechos contempla el derecho a la seguridad en el consumo, lo que se traduce en un control sanitario efectivo. Usted puede verificar el número de dicho control en la respectiva Resolución del Instituto de Salud Pública, ubicado en la etiqueta del envase.
3. En general, no se recomienda el uso de estos productos, porque en muchos de ellos no viene detallada su composición, porque no pueden tomarse libremente, ya que en su fabricación suelen intervenir azúcares, diferentes de la sacarosa pero con valor calórico similar y porque su uso puede contribuir a mermar la rigurosidad de una dieta.
4. CÓMO RECLAMAR: Para denunciar un producto que está siendo anunciado de manera engañosa lo puede hacer en:
- Oficina de atención a público del SERNAC de las trece Direcciones Regionales del país.
- Instituto de Salud Pública
- En regiones: en la respectiva Secretaría Regional Ministerial de Salud.