Ir al contenido

Una oportunidad para la asociatividad

Las mujeres adultas son más, tienen mayor esperanza de vida, mayor participación social y mayores posibilidades de formar Asociaciones de consumidores.

Cantidad de adultos mayores.

Fuente: INE Número de adultos mayores Cantidad de Hombres Cantidad de Mujeres
Población Censo 2002 1.717.478 758.049 959.429
Estimada al 2005 1.814125 790.669 1.023.456
Estimada al 2020 3.002.867 1.346.033 1.658.834
Estimada al 2025 3.557.605 1.601.906 1.955.699

Participación social de las adultas mayores (fuente: mideplan, encuesta casen)

  • Los segmentos etáreos más envejecidos tienen un mayor porcentaje de participación en organizaciones sociales: 35,1%, frente al 31,0% del tramo comprendido entre los 30 y los 59 años de edad.
  • También queda en evidencia que la participación de la mujer adulta mayor supera en cinco puntos porcentuales a la de los hombres mayores: Mujeres: 37.0 Hombres 32,0%.
  • Una de las posibilidades de organización de la mujer adulta mayor la otorga la reforma a la Ley de Protección de los Derechos de los consumidor@s, que fortalece las asociaciones de consumidores. Hoy, basta con un mínimo de 25 personas naturales o cuatro jurídicas para formar una. El trámite es corto y de menor valor. Además, se les otorga un fondo concursable que les permitirá financiar sus actividades de difusión y promoción de los derechos de los consumidores.

Las asociaciones de comsumidores podrán:

  1. Difundir el conocimiento de la Ley 19.496 de los Derechos de los consumidor@s.
  2. Informar, orientar y educar a los consumidor@s para el ejercicio de sus derechos como tales.
  3. Estudiar y proponer medidas encaminadas a la protección de los derechos de las consumidor@s y efectuar o apoyar investigaciones en el área del consumo.
  4. Representar a sus miembros y ejercer las acciones a que se refiere esta ley en defensa de los consumidor@s.
  5. Representar el interés individual y colectivo o difuso de los consumidor@s ante las autoridades.
  6. Participar en los procesos de fijación de tarifas de los servicios básicos domiciliarios, conforme a las leyes y reglamentos que los regulen.

Links relacionados:

http://www.sernac.cl/vinculos/chile_organizaciones.php

 

 

 

 

Preguntas y Respuestas

Medicamentos







Planeta C
Materia para capacitadores- Manual del relator
Manual del consumidor