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SERNAC INICIA MEDIACIÓN COLECTIVA CON HONDA MOTOR CHILE S.A.

El propósito de esta acción extrajudicial es compensar a los consumidores por el incumplimiento de las condiciones ofrecidas en uno de sus productos. El Servicio Nacional del Consumidor inició una mediación colectiva con Honda Motor […]

17 de febrero de 2017

  • El propósito de esta acción extrajudicial es compensar a los consumidores por el incumplimiento de las condiciones ofrecidas en uno de sus productos.

El Servicio Nacional del Consumidor inició una mediación colectiva con Honda Motor Chile S.A., a raíz de la publicación realizada el 16 de diciembre de 2016 en distintos medios escritos de circulación nacional, donde se promocionó una Moto Honda, modelo CRF250L, a $1.099.000.- pesos, siendo que, según el proveedor, el precio debió haber sido $3.490.000.-

De acuerdo a los artículos 12 y 13 de la Ley 19.496 que establece normas sobre Protección de los Derechos de los Consumidores, todo proveedor de bienes o servicios estará obligado a respetar los términos conforme a los cuales hubiere ofrecido un producto, no pudiendo negar injustificadamente la venta de bienes comprendidos en las condiciones ofrecidas.

Ante el incumplimiento de la oferta, Honda Motor Chile S.A., de forma voluntaria, accedió a participar con SERNAC de esta mediación colectiva, cuyo objetivo final es acordar una propuesta de solución para todos aquellos consumidores que habiendo manifestado efectivamente su intención de compra vieron negada la venta del bien.

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Mecanismos de protección: Mediaciones colectivas

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