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SERNAC entregó recomendaciones a los consumidores ante las ofertas y promociones de esta temporada.

El Servicio recordó que el derecho a recibir productos de calidad es irrenunciable y no se pierde por haber sido adquiridos en una oferta o promoción. Durante estos días ya se iniciaron las ofertas y […]

07 de enero de 2015

  • El Servicio recordó que el derecho a recibir productos de calidad es irrenunciable y no se pierde por haber sido adquiridos en una oferta o promoción.

Durante estos días ya se iniciaron las ofertas y promociones en el retail, esto debido al cambio de temporada que se realizará en las próximas semanas, es por esto que el SERNAC hizo un llamado a los consumidores a que no olviden que tiene los mismos derechos que si realizara una compra en época normal.

El Director Nacional del Servicio, Ernesto Muñoz, explicó que "los productos nuevos, aunque sean más baratos, tienen derecho a la garantía legal si es que salen malos o no sirven para el propósito para el cual fueron adquiridos. Es decir que los consumidores pueden optar a la triple opción. Esto es, que se lo cambien, lo reparen o le devuelvan lo pagado si éste sale malo, a elección del consumidor".

Por ello, Muñoz aclaró que "sólo los productos que se vendan usados o refaccionados no tienen garantía, siempre y cuando se informe que se trata de productos con esas características. Pero aunque sean artículos usados, todo consumidor tiene derecho a adquirir bienes de calidad y a que sean aptos para su uso".

En esta temporada, muchas ofertas ofrecen un regalo adicional. En caso de salir malo, este producto tiene derecho a la garantía en los mismos términos de que se tratara de un producto comprado individualmente.

Asimismo, en toda promoción u oferta, los consumidores tienen derecho a que se les explique claramente en qué consiste ésta y no confundirlo con la información. El proveedor tiene la obligación de informar claramente el precio, las bases de la promoción u oferta y su plazo de duración.

Es por esto que los precios informados se deben respetar así como los anuncios o promesas publicitarias se tienen que cumplir tal como si estuvieran escritas en un contrato.

El SERNAC señaló que cuando se trata de promociones o concursos, las empresas no pueden desentenderse de su obligación de informar con sólo decir "bases ante notario" o "hasta agotar stock" sin detallar la cantidad de productos.

Como muchas promociones u ofertas se publicitan hoy a través de Internet, cabe recordar que todo lo que allí se promete debe cumplido, ya que es considerado parte del contrato.

Para conocer sus derechos y saber cómo ejercerlos puede acudir a SERNAC (www.sernac.cl o 600 594 6000).

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