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Derechos y Deberes

No pocos son los consumidores y consumidoras del sistema pri­vado de salud que se preguntan por qué su Isapre subió nueva­mente el valor de su plan, o simplemente no entienden porqué les pidieron un cheque en garantí

29 de junio de 2006

No pocos son los consumidores y consumidoras del sistema pri­vado de salud que se preguntan por qué su Isapre subió nueva­mente el valor de su plan, o simplemente no entienden porqué les pidieron un cheque en garantí

{foto1}Estas interrogantes se reafirman en los datos proporcionados por la Superintendencia de Salud. La entidad encargada de prote­ger los derechos en salud de los usuarios de FONASA e isapres, tramitó y resolvió más de nueve mil reclamos el 2005, los que en su mayoría se generaron por que los consumidores no conta­ban con la suficiente información para hacer valer sus derechos en salud.

No olvide que usted tiene varias alternativas para presentar un reclamo ante la Superintendencia de Salud. Eso sí, luego de haber tramitado antes dicho reclamo ante su empresa:

  • Si la respuesta no es satisfactoria, puede solicitar la revisión del caso llevando una copia de los documentos a la Super­intendencia de Salud.
  • Vía carta certificada o dejando un reclamo por escrito en: la casa matriz de la Superintendencia en Santiago (Mac Iver 225), en cualquiera de las agencias regionales a lo largo del país (donde también se atienden consultas personales), en Sernac Facilita Municipio y www.sernac.cl.
  • También tiene la posibilidad de recibir orientación telefó­nica a través del call center "Salud Responde", en el fono 600 360 7777, y en www.superintedenciadesalud.cl
  • Tanto FONASA como las isapres están obligadas por ley a responder en un plazo máximo de 15 días hábiles.

Derechos y deberes de los consumidores

  • Toda persona debe recibir atención de salud sin ser discriminado por su raza, sexo, religión, nacio­nalidad, origen social o discapacidad, entre otras. Si no es posible ser atendido por limitaciones en la oferta de la prestación médica que requiere el paciente o el establecimiento (hospital, clínica, centro médico, etc.) no brinda la atención necesaria para el enfermo, usted puede ser derivado a otro centro asistencial que sí pueda atenderlo.
  • Los pacientes tienen derecho a formular reclamos y sugerencias sobre el funcionamiento de los servicios y a recibir respuesta escrita cuando corresponda.
  • Los usuarios del sistema público de salud (FONASA) tienen derecho a que se les entregue orientación y/o información acerca del funcionamiento de los establecimientos a los que asista.
  • Todo paciente debe obtener atención de emergen­cia durante las 24 horas del día en cualquier servicio de urgencia público.
  • También tiene derecho a que se le entreguen indica­ciones claras y por escrito sobre los medicamentos que se le receten.

¿Qué dice la Ley del consumidor?

  • Tenga presente que usted puede elegir libre­mente cualquier servicio de salud.
  • El proveedor está obligado a respetar los términos condiciones y modalidades por las cuales se ofreció o con­vino con el consumidor la entrega del bien o presta­ción de un servicio.
  • Antes de contratar un servicio de salud sepa que es su derecho acce­der a una información veraz y oportuna. Por ejemplo, en el caso de los precios y las condi­ciones de contratación.

Links Relacionados:http://www.sisp.cl/OpenDocs/asp/pagdefault.asp?boton=Hom

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