Conadecus con Banco Estado |
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| Tribunal: |
14° Juzgado Civil de Santiago |
| Rol: |
11679-2004. |
| Materia: Cobro improcedente de comisiones por mantención de cuentas de ahorro a la vista por parte de BancoEstado. |
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| Hitos relevantes del proceso: | |
El 14 de abril de 2005 el Tribunal resuelve declarar admisible la acción. |
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El 19 de abril de 2005 BancoEstado presenta recurso de apelación. |
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El 1 de julio de 2005 la cuarta sala de la Corte de Apelaciones de Santiago confirma el fallo de primera instancia. |
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El 19 de julio de 2005 BancoEstado presenta recurso de casación en la forma en contra de la sentencia de 1 de julio. |
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El 6 de junio de 2006 la Corte Suprema dicta fallo en que declara inadmisible el recurso de casación en la forma. |
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El 21 de septiembre se certifica en el Tribunal de primera instancia que la resolución que declaró la admisibilidad de la acción se encuentra ejecutoriada. |
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Los días 19 y 20 de octubre se publican avisos en un diario de circulación nacional en que se informa acerca del juicio y se llama a los titulares de cuentas de ahorro que se consideren afectados a que se hagan parte en el juicio. |
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| Estado actual | |
Se ha iniciado el juicio colectivo propiamente tal. |
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Al 22 de junio se encuentra en estado de prueba de la infracción en que se basa la demanda. |
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Con fecha 5 de agosto de 2009 de cita a las parte a oir sentencia. |
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Con fecha 07 de mayo de 2010, el juez que conoce la causa se declara inhabilitado para seguir con ella, toda vez que al ser cliente del banco demandado, le serían aplicables los eventuales resultados del juicio. |
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El 25 de mayo de 2010, se interpone recurso de apelación en contra de la resolución por medio de la cual el juez se declaró inhábil para conocer de la causa. |
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Con fecha 21 de julio de 2010, la Corte de Apelaciones de Santiago, revocó la resolución aludida en los puntos anteriores, declarando en su reemplazo que el juez debe manifestar la causal de inhabilidad que lo afecta, para que luego las partes se pronuncien sobre la misma, si lo estiman procedente. |
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Con fecha 28 de septiembre de 2010, se dictó sentencia acogiendo la demanda colectiva y condenando a la demandada. Este fallo aun puede ser apelado por la demandada con la finalidad de que sea revisado por la Corte de Apelaciones de Santiago. |
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Con fecha 22 de octubre de 2010, se presentó por el demadado Banco Del Estado de Chile, recurso |
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Consulte y guarde estos importantes documentos, recuerde que es su deber informarse para protegerse se abusos y malas prácticas.